sábado, 25 de febrero de 2012

La génesis y Evolución del Sistema Previsional argentino.


La génesis y Evolución del Sistema Previsional argentino. Principales componentes: tendencias y cambios estructurales. Regulación, instituciones, cobertura y financiamiento.


Introducción:

El sistema previsional argentino tiene su nacimiento hace más de cien años y ha sufrido en diversos períodos modificaciones sustanciales que se sustentan básicamente en una concepción de Estado que hay por detrás de ellas. Es decir cual es el papel que se supone debe cumplir el Estado en la centralidad de la política social.
Pretendemos analizar las características que fue adquiriendo el sistema previsional en la Argentina y como esto ha impactado en la vida social de los argentinos en los últimos años.
 Estos argumentos queremos desplegar en el presente trabajo en especial por los cambios que ha sufrido el sistema de protección social desde los noventa con una idea de Estado mínimo y desligado de las cuestiones sociales. Seguido de un modelo opuesto en pocos años.

Los interrogantes que nos aparecen es si es posible una sociedad de pleno empleo en América Latina, más equitativas si cada vez las desigualdades sociales se profundizan.

Intentamos seguir la consigna de los distintos modelos de seguridad social desde sus comienzos, las distintas formas que fueron teniendo desde sus comienzos,  desigualdad de la cobertura y las transformaciones y el financiamiento del sistema.

I.  La primera etapa de 1900 a 1943.
  
Durante el Siglo XIX el beneficio de pensión y jubilación cubría a los militares de alto rango, algunos cargos de la administración pública y los maestros nacionales. Sin embargo La Fraternidad Ferroviaria, uno de los gremios ferroviarios, en 1900 ya tenían redactado un proyecto régimen jubilatorio que recién establece en 1915 (Ley 9653) con modificaciones aprobadas en abril de 1919. (Ley 10650).
Estos inicios del sistema previsional se caracterizan por las luchas obreras cuyos reclamos consistían en mejores condiciones de trabajo en general, las ocho horas de jornada diaria, descanso dominical. La lucha centrada en las conquistas de leyes protectoras del trabajo, que además dividía a las organizaciones obreras de ese tiempo. Se producen múltiples conflictos obreros con huelgas generales y violenta represión policial con muertos heridos y detenidos.
La posibilidad de tensiones permanentes entre “evitar los conflictos, asegurar el orden” en el ciclo pujante del liberalismo político.
“Las jubilaciones para ferroviarios cuya implementación no se había agotado con la sanción de la ley respectiva, y la huelga ferroviaria  de 1917 sirven para ilustrar simultáneamente una actitud positiva del gobierno radical hacia los trabajadores ferroviarios y una postura fundamentalmente reactiva frente a los conflictos obreros y por ende la falta de un proyecto político más allá de atraer apoyo electoral” (Isuani 2008)

Entre 1916 y 1930, durante los gobiernos radicales de H. Yrigoyen y M. T. de Alvear, la cobertura previsional se expandió a la mayoría de los trabajadores de los sectores públicos, bancarios y compañías de seguro; luego, hacia fines de los años treinta, se sumaron periodistas, gráficos, marinos mercantes y aeronavegantes. Estos sectores de trabajadores calificados la seguridad social era distinguido, pero  no conforman el grueso de trabajadores (Feldman, J. Golbert,L 1986).

El número de trabajadores con cobertura previsional se fue extendiendo gradualmente en este primer corte histórico que efectuamos que va desde a 24.000 en 1904  a  420.835 en 1939 de trabajadores con  cobertura aproximadamente (Arza, C. 2010).  Teniendo presente que la población económicamente activa  era de 5.500.000 aproximadamente, es decir que para el año 1944 la cobertura beneficia  a  unos pocos grupos ocupacionales de trabajadores.
Se podría afirmar que sólo el 7% de la población económicamente activa estaban incorporados o afiliados a las distintas Cajas. 

En esta primera etapa, a fines de la década de los 30, la situación financiera de las cajas ya era deficitaria.  Si bien hay diferencias en el sistema de financiamiento de cada una de ellas. “La Caja del Personal Ferroviario presentaba en 1938 un déficit de alrededor de 10.000.000 de pesos; en 1941 este déficit se había cuadriplicado” (Feldman, J. Golbert,L 1986).

El sistema financiero de otras Cajas contaba con diversos aportes que provenían del comercio exterior, derivación de recursos que provenían de impuestos secundarios.
Esta primera aproximación establece un sistema desigual no igualitario que no cubría al conjunto de los trabajadores sino a un grupo reducido; generalmente ligados al aparato estatal.


 II.  El Sistema Previsional en el primer Peronismo. 1945-55 

El primer Gobierno Peronista se propuso la creación de un Instituto de Previsión social que pretendía promover la seguridad social universal financiada por los aportes de y contribuciones de trabajadores y empleadores.
La propuesta del instituto; incluido en el Primer Plan Quinquenal, tenía previsto intervenir en temas de accidentes de trabajo, maternidad e infancia, vejez e invalidez y muerte como en beneficios al seguro de desempleo (cesantía o paro forzoso).
El rechazo de gran parte de la dirigencia sindical al proyecto del Instituto tenía relación con la baja del salario “en mano”  y también a la nivelación de los beneficios que implicaba un proyecto de sistema solidario ampliado, que procuraba equiparar a todos los trabajadores excluyendo los niveles de ingreso.

Si bien el Instituto no prospera, se promulga ya a fines del gobierno, la Ley 14370 que incluye a los trabajadores que por vejez o invalidez quedan fuera del mercado de trabajo.
Esta ley avanza en el criterio de sistema de reparto, dado que no guarda relación con el monto acumulado de los aportes del trabajador con el haber que percibe.

La Ley 14370 ha instalado la mejora de los haberes jubilatorios de aquellos que en su vida activa percibieron  salarios más bajos. Esta faceta progresista del sistema previsional argentino fue eliminada con la reforma de 1968 (Arza, 2010).

Con la promulgación de la ley 13478, a partir de 1948, se beneficia a los mayores de 60 años que no estuvieran encuadrados dentro de los esquemas jubilatorios vigentes y no contaban con medios económicos para la subsistencia. Los fondos se recaudan de la Lotería Nacional. No cubre a toda la población del territorio nacional.

Con la reforma constitucional de 1949 adquieren relevancia los derechos que allí se legislan y que favorecen al mundo del trabajo. En el Cap. II Art. 37 se promulgan los Derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad y la educación y la cultura.
En cuanto a los derechos Del Trabajador se acentúan el de trabajar; a una retribución justa, a la capacitación, a condiciones dignas de trabajo. Derecho a la preservación de la salud, al bienestar, al mejoramiento económico y a la defensa de los intereses profesionales.

Para nuestro interés el inciso 7º del art. 37 esta referido a la seguridad social: “El derecho de los individuos a ser amparados en los casos de disminución, suspensión o pérdida de su capacidad para el trabajo, promueve la obligación de la sociedad de tomar unilateralmente a su cargo las prestaciones correspondientes o de promover regímenes de ayuda mutua obligatoria destinados, unos y otros, a cubrir o complementar las insuficiencias o inaptitudes propias de ciertos períodos de la vida o las que resulten de infortunios provenientes de riesgo eventuales”.     

En esa etapa se produjo la masificación de la cobertura legal, extendiéndose al conjunto de los trabajadores. La incorporación de los trabajadores de  comercio (1944), y los de la industria (1946), trabajadores rurales e independientes, profesionales y empresarios (1954) y trabajadores del servicio doméstico (1955).  Este proceso implicó que el derecho a la previsión social dejara de ser un beneficio exclusivo de los estratos ocupacionales más privilegiados y se extendiera a amplias franjas de la clase trabajadora. Creció la cobertura previsional del 8,4 % de la población económicamente activa a principio de los años ’40  hasta más del 48% entre 1944-46.
 A partir de este momento, el acceso a la cobertura previsional quedó dependiendo sólo de la pertenencia del trabajador al mercado de trabajo formal (Arza, 2010).

 En el período 1939-1949, la cobertura real se multiplicó casi seis veces, pasando de 397.000 afiliados a 2.327.946, determinando un crecimiento de la población afiliada al sistema de seguridad social a una tasa anual del 19,4%. (Arza 2010)



1950
1955
1960
Bancaria
100%
100%
100%
Comercio
75%
74%
60%
Estado
100%
100%
100%
Ferroviaria
100%
100%
100%
Industria
90%
71%
50%
Navegación
100%
100%
100%
Periodistas y gráficos
94%
96%
90%
Seguros
100%
100%
100%
Servicios públicos
34%
27%
43%
Rurales

12%
6%
Empresarios

13%
5%
Independientes

37%
19%
TOTAL:
86%
50%
44%
Fuente: (Arza, 2010)

  
III. El “Desarrollismo” 1956 a 1966.


A dos años del derrocamiento del gobierno peronista, el nuevo gobierno militar convoco a una Asamblea Constituyente que decide retornar a la Constitución de 1853, aunque incorpora el 14 bis, que garantiza el derecho  del trabajo y a la seguridad social.

El nuevo gobierno electo del presidente Frondizi introdujo algunos cambios al sistema previsional con la aprobación de la Ley 14.499, que establecía  que el haber jubilatorio, sin importar cual fuera la recaudación de la caja, se elevan al 82% móvil de la paga mensual del cargo, oficio o función de mayor jerarquía que el trabajador hubiera ocupado en la vida laboral activa. (Feldman, Golbert e Isuani, 1988).

A partir de este momento las Cajas, mejor dicho el sistema previsional comienza a evidenciar problemas de financiamiento, no solo por el proceso inflacionario sino por la caída de los afiliados al sistema.
La blandura en cuanto a los requisitos para acceder a la jubilación bajando la edad, en muchos casos de retiro prematuro y aumentando los haberes confirió un proceso creciente de vaciamiento financiero del sistema.

Otros factores de desequilibrio financiero del sistema  esta dado en  el incumplimiento de las obligaciones provisionales. Considerando el número de personas obligadas a efectuar los aportes según la legislación existe un desfasaje que se evidencia en el caso de los asalariados privados urbanos: pasó del 80% en los años 50 al 55% en 1961. (Feldman, Golbert e Isuani, 1988).

Por otra parte, la posibilidad que les brindaba la Constitución  a los legisladores a otorgar pensiones graciables que en muchos casos estaba destinada a personas con recursos económicos manifiestos y de parentesco cercanos con la clase dirigencial.

 Para finalizar, se comienza a incorporar factores externos al sistema  como los demográficos un marcada tendencia a la desaceleración del crecimiento de la población y la crecimiento de los mayores de 65 años. Estas variaciones en la estructura de edad de la población comienzan a  repercutir al interior del sistema previsional. Los datos censales marcan significativo decrecimiento de la participación de la participación en el mercado de trabajo de las personas mayores de 65 años y el momento más elevado de esta caída e fue el período 1947 – 60, coincidiendo con la ampliación del sistema previsional. (Lo vuolo 1989)



IV.  Las Crisis  y las Reformas del Sistema Previsional (1967-75)
  
La crisis del sistema desembocó en su reforma en el año 1968 impulsado por el régimen dictatorial de Onganía, en que se dictaron las leyes 18037 y 18038, que establecieron una reforma al sistema previsional estructural,  al instaurar la centralización administrativa, el incremento de las restricciones en el acceso a los beneficios y la imposición de un principio de distribución regresivo.

En primer lugar, Onganía creó tres grandes cajas del - Estado y Servicios Públicos; de Industria, Comercio y Actividades Civiles y de Trabajadores Autónomos - que absorberían al resto de las cajas y se creó la Secretaría de Seguridad Social para reemplazar al Instituto Nacional de Previsión creado por el peronismo.

En segundo lugar, se elevó la edad de acceso a los beneficios, en el caso de los trabajadores en relación de dependencia, pasó a ser entre 55 y 60 años y, en los autónomos, entre 62 y 65 años.
A su vez, se extendió la cantidad de años contributivos como requisito de acceso a la jubilación: el mínimo de años de aportes se estableció en diez años hasta alcanzar un máximo de treinta años.

En tercer lugar, significo un retroceso y cambios en sistema de remuneraciones. Los sectores de mayores ingresos fueron los principales beneficiarios  ya que la distribución de ingreso refleja la existente en la vida activa.

Si bien a partir de la reforma, el sistema mejoró su equilibrio financiero, la reforma no evaluó los desequilibrios potenciales que el sistema en general. El balance financiero del Sistema Nacional de Previsión Social muestra un resultado primario positivo del 20,6% en 1969, siendo en el 1970 de 2,3% siendo que desde los años 1971 al 73 el resultado es deficitario en -0,5 y -1,7 %. Resulta que a medida pasaron los años no sólo no se compensa desde lo financiero, sino que además la reforma provoca mayor inequidad entre los trabajadores formales e informales. (Arza, 2010).

En el breve retorno del Peronismo al poder, el 1973, se originan - en el marco del pacto social – el pago de asignaciones familiares a jubilados y pensionados, incremento de los haberes provisionales y acomodamiento de los haberes mínimos a los salarios mínimos, un régimen de prestaciones de desempleo; integración a la seguridad social del régimen de prestaciones no contributivas así como la revisión de los regimenes de privilegio de determinadas categorías profesionales. (Feldman, Golbert e Isuani, 1988).


En la última etapa, se promulgo la Ley 21.118 estableció diversas ventajas y beneficios destinados al haber mínimo y a las condiciones de acceder a los beneficios jubilatorios y la inclusión a los trabajadores rurales.



V.  La Dictadura anticipación de las reformas neo liberales (1976-83)


Con la Dictadura militar iniciada en el 76, se instaura el terrorismo de Estado, prohibiendo la actividad sindical y toda expresión política. Se estableció la eliminación de la contribución patronal compensándola con recursos provenientes de los impuestos coparticipables a las provincias.
En 1980 el gobierno militar eliminó las contribuciones patronales y las reemplazó  por a través del impuesto al valor agregado (IVA). Política que adoptaran, más adelante, los gobiernos de Menem y de la Rúa.

A pesar de estas medidas  el déficit del sistema previsional se agudizo porque aparece una debilidad financiera, la evasión impositiva, como apuntamos antes el envejecimiento de la población. “la brecha entre un sistema teóricamente autofinanciado y un sistema profundamente dependiente de las transferencias fiscales se hizo cada vez más evidentes” (Arza, 2010)


La llegada de la democracia  con el gobierno de Alfonsin se realza las desigualdades sociales, como efecto de las políticas económicas encaradas por el régimen militar. La evasión, las altas tasas de inflación y el desvío de los fondos previsionales para otros fines agravarían más la situación de los jubilados.

Alfonsin  restablece las contribuciones patronales en 1984 no alcanzó para financiar el sistema. Para 1986, la evasión alcanzaba el 48% (2,6 millones evadían y 5,3 millones cotizaban) y cada beneficio era financiado por 1,9 trabajadores (los beneficios eran 2,8 millones). El retraso acumulado de los haberes jubilatorios y la reducción de los haberes máximos, fueron incrementando en gran número las demandas judiciales. Ese mismo año, el gobierno declaró la “emergencia previsional” mediante el Decreto 2.196, suspendiendo el pago de sentencias firmes e impidiendo nuevos juicios.



VI.  La consolidación de las políticas neo liberales


Las diversas escalas inflacionarias registradas en la última etapa del gobierno radical de Alfonsin y los nuevos en la etapa del gobierno electo de Carlos Menem se ponen en marcha un modelo económico basado en una política de corte neo liberal.


Dentro de las denominadas reforma del Estado, enmarcadas dentro de lo que se denomino el Consenso de Washington, la apertura de la economía, la privatización de las empresas y servicios públicos, desregulación  del mercado de trabajo, incorporación de modalidades de contratación laborales flexibles, rebaja a la mitad de las cargas patronales y la eliminación de las negociaciones colectivas de trabajo. Medidas que debilitan a los trabajadores.

Dentro de este contexto se produce una de las reformas estructurales más relevantes en torno de la seguridad social que fue su privatización. Ello dentro del marco de la Ley de Convertibilidad (1991) La Ley 24.241 de 1993 que establece dos pilares, mantiene el sistema de reparto estatal y crea un sistema de capitalización de gestión privada a través de empresas denominadas Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) emparentadas casi todas al sistema financiero.

El proyecto original enviado al Congreso era de crear un sistema similar al chileno de totalmente de capitalización, que ocasiono fuerte rechazo en los legisladores tanto opositores como oficialistas.
El cambio significo que los aportes de los trabajadores se derivaran a los fondos  de capitalización, cierto artilugio legal permitió que aquellos que no optaran automáticamente eran derivados a las AFJP.
En tanto que el Estado progresivamente se desfinancia y a la vez emite deuda para afrontar el déficit del financiamiento, bonos que eran adquiridos por las mismas Administradoras, ligadas a los bancos, mejor posicionadas del mercado.

La reforma previsional estuvo enmarcada dentro de la propuesta macro económica que instrumento una participación mínima del Estado en el sistema. De allí como señala Arza la reforma encarada por la administración menemista tenía objetivos económicos que iban mas allá de una lógica de intervención interna del sistema desvalijado.
La reducción de los  aportes patronales se tradujo como mecanismo en la segunda ocasión relacionada con la crisis denominada tequila de México que impacta en el empleo
A la vez que se aumenta en cinco años por sexo las edades de retiro, las mujeres a los 60 años y 65 para los varones.
Se modifica además la forma de computar los salarios, pasando a un sistema de promedios suprimiendo los de mejores últimos salarios.





Por otra parte el cambio la lógica de un sistema solidario como se mantenía en forma histórica  se convierte en un sistema de ahorro individual, en componentes de la historia laboral individual de cada trabajador.

Para ir concluyendo con esta etapa el sistema de capitalización, de  carácter neo liberal,  no ha solucionado ni los problemas de cobertura, no se tuvo en cuenta la gran precarización e informalidad del empleo existiendo una fuerte desigualdad en la cobertura. (Grushka 2004).


 

VII.  La reciente reforma al sistema.


A partir del cambio de Gobierno en 2003, etapa denominada Kirchnerismo, que incluye las presidencias de Néstor Kirchner y el nuevo mandato  de su esposa Cristina Fernández en curso,   se comienza a construir modificaciones al sistema de capitalización anterior colocando el énfasis en el principio de inclusión y solidaridad, antagónico con la lógica de las reformas de los noventa.

En el 2005 se crea el Plan de Inclusión Previsional, cuyo principal propósito es incorporar al sistema previsional a los adultos mayores sin posibilidades de acceso. En el 2007 con la sanción de la Ley 25994 que establece una moratoria para aquellas personas mayores de 60 en las mujeres y de más de 65 años en los varones pudieran acceder a la jubilación mínima abonando una cuota mínima durante cinco años.

El reciente informe del ANSES (julio 2010) menciona que: “La mayoría de los nuevos beneficiarios por la Moratoria han sido mujeres: en mayo de 2010, del total de beneficios otorgados por moratoria un 78% corresponden a mujeres y el 22% restante a varones, concentrándose en ambos casos en el rango de edad de 65 a 69 años”.

En el 2008 la Ley 26222 permitió a los trabajadores volver al sistema de reparto, público, de libre opción, modificando la normativa que estaba presente hasta la fecha que no permitía el traspaso del sistema privado al público, si se da a la inversa.

Ya en el mandato de Cristina Fernández de Kirchner, fue aprobada la Ley 26425 en donde se elimina el sistema de capitalización e instituye nuevamente como sistema de seguridad social el público de reparto denominado SIPA, Sistema Integrado Previsional Argentino.
Este nuevo sistema vuelve a la lógica  de un sistema basado en la solidaridad intergeneracional, esta racionalidad permite mayor equidad.
La eliminación del sistema de capitalización le permite al Estado recomponer los recursos públicos y recuperar los ahorros de los trabajadores  a la conformación de un fondo de Garantía del Sistema. 

Esta administración incluye a través de la Ley 26417 que versa sobre la Movilidad de las Prestaciones del Régimen Previsional Público en donde se pauta una formula de actualización de haberes dos veces al año en marzo y setiembre de manera automática.

Dentro del sistema de protección social y con fondos provenientes del ANSES instituyo a través del Decreto 1602/09 la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH).

Este nuevo panorama impone revisar la lógica  que liga la seguridad social al mercado de formal de trabajo. Quizás teniendo presente que  la versión del capitalismo en su modelo neo liberal, no se ha caracterizado por diseñar sociedades  de “pleno empleo”; es más algunos de los teóricos han planteado el fin del trabajo.
Esto nos lleva a pensar dos cuestiones la primera destinada al financiamiento de los sistemas de seguridad social, que es visto no se hacen desde los aportes del trabajo; teniendo presente que el trabajo informal, no registrado es alto en nuestra sociedad.
Segundo se tendría que diseñar o extender la protección social a los sectores más vulnerables de nuestras sociedades no contributivo o extender un haber mínimo jubilatorio a mayores grupos vulnerables.



Luis Carnevale
-2011-
 BIBLIOGRAFIA

Arza, Camila (2010). “La política previsional argentina: de la estratificación ocupacional a la individualización de los beneficios”. En Torrado, Susana: El costo social del ajuste (1976 – 2002) Tomo I. Buenos Aires. EDHASA, 2010.

Cetrángolo, Oscar Grushka.(2004) Sistema previsional argentino: crisis, reforma y crisis de la reforma. Santiago de Chile. CEPAL.

Cetrángolo, Oscar Grushka. Perspectivas previsionales en Argentina y su financiamiento tras la expansión de la cobertura. Apunte clase

Feldman Jorge y otros (1988). Maduración y crisis del sistema previsional argentino, Buenos Aires. Centro Editor de América Latina.

Golbert, Laura Lo Vuolo, Rubén. El Sistema Previsional en discusión. En Estado democrático y política social. Cap. III.  Isuani, E. y Tenti, Emilio. Buenos Aires. EUDEB

Isuani, Aldo Los Orígenes conflictivos de la seguridad social argentina. Buenos Aires. Centro Editor de América Latina.

Isuani, Aldo (2010) La Seguridad social y las transformaciones sociales latinoamericanas. Revista Nueva Sociedad Nº 226.

Lo Vuolo, Rubén. Y otro (1989). Estado democrático y política social. Isuani, E. y Tenti, Emilio. Buenos Aires. EUDEBA.

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